Legalizar correctamente una instalación de autoconsumo no es un trámite opcional: sin completarlo, no podrás acogerte a la compensación de excedentes, podrías tener problemas para acceder a ayudas fiscales, y en caso de incidencia podrías carecer de la cobertura de seguro adecuada. En este artículo repasamos toda la documentación necesaria y los trámites que debes completar (o que debe completar tu instalador en tu nombre).
Documentos que debe generar tu instalador
Memoria técnica o proyecto técnico
Según la potencia de la instalación, se requiere una memoria técnica simplificada (instalaciones residenciales estándar) o un proyecto técnico más completo (potencias superiores), firmado por un técnico competente.
Certificado de instalación eléctrica (boletín)
Documento imprescindible que acredita que la instalación eléctrica cumple con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, emitido por un instalador eléctrico autorizado tras las pruebas correspondientes.
Certificado de fin de obra, si aplica
En instalaciones que hayan requerido licencia de obra, puede ser necesario un certificado que acredite la finalización de las obras conforme al proyecto presentado.
Trámites ante la administración
Licencia municipal o comunicación previa
Como vimos en el artículo anterior, según el municipio puede exigirse una licencia de obra menor o una simple comunicación previa antes de iniciar la instalación.
Registro autonómico de instalaciones de autoconsumo
Cada comunidad autónoma gestiona un registro específico de instalaciones de autoconsumo, donde debe inscribirse tu proyecto una vez completado, con distintos plazos y procedimientos según la región, como hemos visto reflejado en los distintos artículos de la categoría de Ayudas y subvenciones.
Alta en el Registro Administrativo de Autoconsumo (si aplica)
Para determinadas potencias o modalidades, puede ser necesario un registro adicional a nivel estatal, gestionado a través de la comunidad autónoma correspondiente.
Trámites con tu comercializadora eléctrica
Contrato de autoconsumo
Si te acoges a la modalidad con excedentes, debes firmar un contrato específico con tu comercializadora que recoja las condiciones de compensación, como explicamos en el artículo correspondiente.
Solicitud de cambio de contador
Si tu contador actual no es bidireccional, deberás solicitar su sustitución (o reconfiguración, si ya es compatible) para que pueda medir tanto el consumo como el vertido de energía a la red.
Documentación que debes conservar tú como propietario
- Factura detallada de la instalación, con el desglose de equipos y mano de obra.
- Justificante de pago, necesario para aplicar las deducciones fiscales de IRPF que vimos en su artículo específico.
- Boletín eléctrico y memoria técnica, que pueden ser requeridos en el futuro (por ejemplo, en caso de venta de la vivienda o de una reclamación de garantía).
- Certificado de la instalación para efectos de seguro, como veremos en el artículo específico sobre seguros para placas solares.
- Documentación de garantías de cada componente (paneles, inversor, batería si aplica).
¿Qué pasa si no legalizo correctamente mi instalación?
Una instalación no legalizada correctamente puede acarrear varios problemas:
- No podrás acogerte a la compensación de excedentes ni firmar el contrato correspondiente con tu comercializadora.
- Podrías tener dificultades para aplicar las deducciones fiscales de IRPF, que suelen requerir facturas y documentación acorde a una instalación debidamente registrada.
- En caso de incidencia (incendio, daño a terceros), tu seguro de hogar podría no cubrir el siniestro si la instalación no está correctamente legalizada y declarada.
- Podrías enfrentarte a sanciones administrativas si la inspección detecta una instalación sin los trámites correspondientes.
¿Cuánto tiempo llevan estos trámites?
El tiempo varía según la comunidad autónoma y el volumen de solicitudes que gestione cada organismo en cada momento, pero en general, los trámites de legalización pueden extenderse varias semanas después de finalizada la instalación física, un aspecto que conviene tener en cuenta al planificar cuándo empezarás a beneficiarte plenamente de la compensación de excedentes.
¿Puedo hacer estos trámites yo mismo sin instalador?
Técnicamente es posible en algunos casos, pero no se recomienda, salvo que dispongas de conocimientos técnicos y legales suficientes: los trámites varían según comunidad autónoma y potencia, y un error en la documentación puede retrasar considerablemente el proceso o generar problemas futuros con tu comercializadora o con la administración. La gran mayoría de propietarios delegan este proceso completo en la empresa instaladora.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga las tasas de los trámites administrativos?
Depende del tipo de tasa: algunas están incluidas en el presupuesto de la instalación (gestión del instalador), mientras que otras (como una licencia municipal con tasa propia) pueden facturarse aparte, según lo acordado en el contrato.
¿Necesito legalizar mi instalación si es muy pequeña?
Sí, cualquier instalación de autoconsumo conectada a la red requiere cierto nivel de legalización, aunque el procedimiento puede ser más simplificado cuanto menor sea la potencia.
¿Qué pasa si compro una vivienda con placas solares ya instaladas?
Debes solicitar al vendedor toda la documentación de legalización (memoria técnica, boletín, contrato de autoconsumo, registro autonómico) y, si no está disponible, contactar con un instalador para verificar el estado legal de la instalación antes de darla por válida.
Conclusión
Legalizar correctamente tu instalación de autoconsumo solar implica varios documentos y trámites, desde la memoria técnica hasta el registro autonómico y el contrato con tu comercializadora eléctrica. Aunque la mayor parte de este proceso suele gestionarlo la empresa instaladora, conocerlo te ayuda a asegurarte de que no se salta ningún paso y de que conservas toda la documentación necesaria para el futuro.